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Perú endurece penas por deepfakes con IA

Perú ya sanciona el uso de IA para crear o difundir contenidos sexuales, y desde 2025 sumó penas de dos a seis años y agravantes para otros ciberdelitos.

Whalemate Labs · Research asistido por IAPublicado:Actualizado 4 min

Perú promulgó en abril de 2025 la Ley N.º 32314, que incorpora sanciones específicas cuando se usa inteligencia artificial para generar, manipular o difundir imágenes o videos que lesionen la intimidad o el honor. La norma fija penas de dos a seis años y amplía el alcance a otros ciberdelitos, mientras en 2026 siguen creciendo las denuncias por suplantación de identidad.

Actualización 18 de septiembre de 2026: la discusión penal sobre deepfakes en Perú cambió de escala porque la Ley N.º 32314 ya fue promulgada en 2025 y fijó sanciones concretas para el uso de IA en estos delitos. Además, en 2026 el Ministerio Público y El Peruano registraron un aumento sostenido de denuncias por suplantación de identidad, lo que amplía el contexto de la nota original.

Perú promulgó en abril de 2025 la Ley N.º 32314, que modifica el Código Penal para incorporar sanciones específicas cuando se usan sistemas de inteligencia artificial para generar, manipular o difundir imágenes o videos que lesionen la intimidad o el honor de las personas. La norma fija penas privativas de libertad de dos a seis años para quienes utilicen IA en esos delitos.

La Ley N.º 32314 agregó herramientas penales para castigar el uso de inteligencia artificial en la creación y difusión de contenidos que afecten la intimidad, el honor o la imagen de las personas. También amplió el alcance a otros ciberdelitos y agravantes vinculadas con deepfakes, fraudes y suplantación de identidad.

La publicación oficial en el Diario Oficial El Peruano fue el 29 de abril de 2025, según la revisión citada por Forseti. SciELO Venezuela precisa que la ley también modificó la Ley 30096 de Delitos Informáticos, incorporando la IA como medio específico de comisión para extorsión digital, suplantación de identidad con audios o videos generados por IA, fraudes y chantajes corporativos basados en deepfakes.

Otra consecuencia es la agravante general del artículo 46 del Código Penal. De acuerdo con RecordingLaw, cuando un delito se comete usando inteligencia artificial o tecnologías análogas, el juez puede incrementar la pena hasta en un tercio por encima del máximo legal previsto para ese delito.

Dato Detalle Fuente/organismo
Ley N.º 32314 Diario Oficial El Peruano, Forseti
Publicación oficial 29 de abril de 2025 Diario Oficial El Peruano
Pena para el uso de IA en estos delitos dos a seis años Derecho Artificial
Agravante general hasta un tercio sobre el máximo legal RecordingLaw

¿Cómo quedó la difamación con deepfakes?

La difamación quedó agravada cuando se comete mediante tecnologías de inteligencia artificial, deepfakes u otros contenidos generados por IA que difundan información falsa o denigrante. La redacción vigente del artículo 132 del Código Penal eleva la pena a entre uno y tres años de prisión y 120 a 365 días multa.

PeruDerecho.org y otros análisis jurídicos citados en el material sostienen que la ley también impacta en injuria, estafa, fraude por suplantación de identidades, producción y distribución de pornografía infantil generada con IA y violaciones de derechos de autor asistidas por IA. CMS, en su guía comparada sobre regulación de IA, ubica esa reforma dentro de una respuesta penal más amplia frente a deepfakes usados para daño reputacional, abuso sexual infantil y estafas.

¿Qué muestran los datos de denuncias?

Las fiscalías especializadas en ciberdelincuencia del Perú registraron 7,431 denuncias por suplantación de identidad hasta julio de 2026, según Andina y el balance oficial difundido por El Peruano. La misma cobertura informa que hubo tres sentencias por el delito contra la fe pública vinculado a suplantación de identidad en ese período, con 23 sentencias acumuladas desde 2021.

Andina también publicó una tabla del Sistema de Gestión Fiscal del Ministerio Público que muestra una evolución anual sostenida de esas denuncias desde 2021 hasta julio de 2026. Para el conjunto de delitos reportados entre enero y julio de 2026, el total fue de 29,575 denuncias.

La fotografía que dejan esas cifras es la de un problema ya instalado en la agenda penal peruana. La iniciativa original para sancionar el contenido sexual falso creado con IA pasó a convivir con una legislación vigente que ya castiga el uso de inteligencia artificial como medio de comisión de varios ciberdelitos y que endureció la respuesta frente a deepfakes y suplantación de identidad.

El texto que había llegado al Congreso en agosto de 2026, impulsado por Marleny Bibiana Arminta Valencia y respaldado por otros legisladores, se inscribía en esa misma línea de respuesta penal frente a la violencia sexual digital. LP Derecho había informado que la propuesta planteaba hasta cuatro años de prisión para la creación, generación o modificación no consentida de contenido sexual de apariencia real, mientras Éxitosa Noticias la describió como una medida para castigar la generación y difusión de imágenes sexuales falsas mediante tecnologías digitales.

La cobertura de El Comercio ubicó esa propuesta entre los primeros expedientes de la nueva agenda parlamentaria, en una etapa inicial del trámite. En ese momento no se trataba de una ley general de ciberseguridad, sino de una respuesta penal focalizada en contenidos sexuales generados con herramientas digitales.

Fuentes

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