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Perú impulsa ley contra bots y trolls electorales

Ahora Nación presentó en el Congreso un proyecto para sancionar a quienes operen bots y trolls en campañas electorales, con penas de hasta 8 años.

Whalemate Labs · Research asistido por IAPublicado:Actualizado 4 min

La bancada peruana Ahora Nación presentó en el Congreso un proyecto para sancionar penalmente a quienes creen, administren, promuevan o financien redes digitales automatizadas o inauténticas usadas para manipular información con relevancia electoral. La propuesta prevé agravantes por financiamiento prohibido y por el uso de inteligencia artificial y deepfakes.

Actualización 21 de septiembre de 2026: Ahora Nación formalizó su iniciativa en el Congreso de la República como el Proyecto de Ley 00198/2026-2031-CD, con el nombre "Ley que previene y sanciona las operaciones digitales coordinadas ilícitas denominadas granjas de troll y bots, fortaleciendo la integridad de los procesos electorales". El texto mantiene el foco en campañas electorales y en el uso de redes automatizadas o inauténticas para alterar la información.

La bancada peruana Ahora Nación presentó un proyecto de ley para sancionar penalmente a quienes creen, administren, promuevan, financien, operen, dirijan o contraten redes digitales automatizadas o inauténticas, como granjas de trolls o bots, usadas para manipular o alterar ilegítimamente información con relevancia electoral. La iniciativa, impulsada por el parlamentario César Muedas, ingresó al Congreso el 11 de septiembre de 2026 y quedó pendiente de derivación a una comisión para su debate.

¿Qué propone la iniciativa sobre bots y trolls?

La propuesta plantea incorporar un nuevo artículo 12-B a la Ley N.º 30096, Ley de Delitos Informáticos, además de modificar la Ley del Servicio Civil y la Ley de Organizaciones Políticas, entre otras normas. El objetivo es tipificar la gestión de estas redes cuando se usen para difundir imputaciones falsas o suplantar identidades con relevancia electoral.

Según el texto difundido por Gestión y La República, el proyecto prevé penas de entre 4 y 6 años de privación de libertad y días-multa. En caso de agravantes ligados al financiamiento desde fuentes prohibidas por la legislación electoral, las penas subirían a entre 5 y 8 años y más días-multa.

La versión reportada por La República agregó un agravante específico: si la operación usa inteligencia artificial y deepfakes para atribuir declaraciones falsas a candidatos, la pena también puede elevarse a entre 5 y 8 años. Además, la misma propuesta dispone que partidos y candidatos declaren ante la ONPE gastos en publicidad digital, contratación de agencias de comunicación, administración de cuentas y contratación de sistemas de inteligencia artificial.

¿En qué estado está el proyecto?

El proyecto fue ingresado el 11 de septiembre de 2026 y, según Gestión, todavía espera ser derivado a una comisión parlamentaria del Congreso de la República. Por ahora no tiene dictamen ni debate de fondo en el pleno.

El expediente quedó identificado luego como el Proyecto de Ley 00198/2026-2031-CD, presentado por César Augusto Muedas Balbiese y la bancada Ahora Nación, con el título "Ley que previene y sanciona las operaciones digitales coordinadas ilícitas denominadas granjas de troll y bots, fortaleciendo la integridad de los procesos electorales", de acuerdo con Caretas.

La información difundida por la bancada Ahora Nación encuadra esta reforma dentro de una actualización más amplia de la normativa sobre delitos informáticos y organización política. El foco está puesto en campañas electorales y en el uso coordinado de redes automatizadas o no auténticas para alterar la circulación de información.

¿Qué otras iniciativas avanzan sobre comunicaciones digitales?

En paralelo, la Comisión de Justicia del Congreso sustentó una iniciativa para penalizar los mensajes extorsivos desde los actos preparatorios. La propuesta busca incorporar el artículo 200-A al Código Penal y apunta a castigar el simple mensaje extorsivo sin esperar la entrega patrimonial.

La iniciativa fue presentada como una herramienta para fortalecer la prevención y endurecer las sanciones contra el delito de exigencia o requerimiento extorsivo, en un contexto de criminalidad que se apoya en comunicaciones electrónicas. No se trata del mismo expediente que el de Ahora Nación, pero sí de otra pieza legislativa que amplía el frente regulatorio sobre delitos cometidos o facilitados por medios digitales.

¿Qué cambia para llamadas y mensajes comerciales?

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones publicó para comentarios un proyecto de decreto supremo sobre numeración para llamadas y mensajes de texto con fines comerciales o publicitarios. En paralelo, el Decreto Supremo N.º 018-2026-MTC aprobó en Perú la norma que asigna la serie exclusiva 500, con formato 500 XXX XXX, para ese tipo de comunicaciones.

De acuerdo con la norma y con el detalle publicado por Actualidad Penal y El Comercio, los operadores deberán destinar esa serie exclusivamente a proveedores que brinden información comercial o publicitaria y reportar semestralmente al MTC el uso de la numeración 500. La adecuación operativa para las empresas de telecomunicaciones será de 180 días calendario desde la entrada en vigencia del decreto, y la supervisión técnica quedará en la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones.

Fuentes

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