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México fija nuevas reglas antilavado

Hacienda publicó cambios a la LFPIORPI con metodología de riesgos, clasificación de clientes y plazos de adecuación. También hubo ajustes biométricos

Whalemate Labs · Research asistido por IA14 de ago de 20263 min

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público de México publicó el Acuerdo 115/2026, con una reforma a las Reglas de Carácter General de la LFPIORPI que exige una metodología documentada de evaluación de riesgos antes de lanzar nuevos productos o atender nuevos clientes. En paralelo, la regulación incorporó cambios para la verificación biométrica en instituciones de crédito.

Nuevas obligaciones bajo la LFPIORPI

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público de México publicó una reforma a las Reglas de Carácter General de la LFPIORPI, mediante el Acuerdo 115/2026. El cambio incorpora la obligación de contar con una metodología documentada de evaluación de riesgos antes de ofrecer nuevos productos o servicios, o antes de atender nuevos clientes.

La reforma también establece que los clientes deberán clasificarse por grado de riesgo en bajo, medio y alto, con la posibilidad de crear niveles intermedios. De acuerdo con los materiales revisados, el enfoque basado en riesgos pasa a ser el eje operativo para las entidades obligadas.

Metodología, revisión y plazos

Las nuevas reglas exigen que las empresas diseñen e implementen una metodología para identificar, analizar, medir y mitigar riesgos de lavado de dinero. Esa evaluación debe considerar clientes, operaciones, productos, servicios, canales y zonas geográficas, además de montos, frecuencia, origen y destino de los recursos.

Piranirisk precisó que la metodología debe constar por escrito, usar información de un periodo no menor a doce meses y revisarse al menos cada doce meses, o cuando surjan nuevos riesgos o se actualice la Evaluación Nacional de Riesgos. También indicó que la clasificación de clientes debe reevaluarse cuando menos cada seis meses.

En materia de adecuación, la reforma fija la entrada en vigor para el 30 de noviembre de 2026. El manual de políticas internas y la metodología de riesgos deberán estar actualizados para el 1 de marzo de 2027, mientras que los mecanismos automatizados tendrán plazo hasta el 1 de junio de 2027.

CTW México agregó que la evaluación con enfoque basado en riesgos deberá estar disponible para la autoridad y que los sujetos obligados existentes deberán contar con el manual actualizado para el 1 de marzo de 2027. Infobae, por su parte, reportó que Hacienda cambió las normas contra el lavado para que los sujetos de actividades vulnerables identifiquen, evalúen, clasifiquen y documenten riesgos asociados con clientes, operaciones, productos, servicios, canales y zonas geográficas.

Cambios biométricos para bancos

La cobertura de El Cronista señaló además que la resolución impulsada por SHCP y CNBV modifica disposiciones aplicables a instituciones de crédito en materia de verificación de identidad con tecnología biométrica. Según esa publicación, los bancos tendrán 90 días hábiles para realizar adecuaciones.

El mismo medio informó que la regulación incorpora biometría facial como mecanismo oficial de verificación, con un umbral mínimo de coincidencia de 90% frente a registros del INE, la SRE u otras autoridades federales.

ObsidianRISK sostuvo que las reglas publicadas por la SHCP en el Diario Oficial de la Federación el 7 de agosto de 2026 operativizan la reforma de 2025 de la LFPIORPI y la reforma de 2026 de su Reglamento, e instauran el enfoque basado en riesgo como principio rector para las entidades obligadas.

Fuentes

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