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Colombia reglamenta privacidad digital para menores

El Decreto 0769 fija privacidad por diseño, limita perfilado y publicidad dirigida, y ordena reportes semestrales a MinTIC.

Whalemate Labs · Research asistido por IA28 de jul de 20263 min

Colombia reglamentó la Ley 2489 de 2025 con el Decreto 0769 de 2026, expedido el 16 de julio, para fijar obligaciones de privacidad por diseño y por defecto en plataformas dirigidas a menores. La norma también limita el perfilado y la publicidad dirigida basada en datos de niños, y exige reportes semestrales de cumplimiento al ministerio competente.

El Decreto 0769 de 2026, expedido por Colombia el 16 de julio, reglamenta la Ley 2489 de 2025 sobre entornos digitales saludables y seguros para niños y establece obligaciones de privacidad desde el diseño y por defecto para plataformas dirigidas a menores.

Qué exige la norma

Según el texto presentado por el Gobierno nacional y el Ministerio TIC, los proveedores de plataformas digitales que operan servicios para menores deben implementar restricciones al perfilado y a la publicidad dirigida basada en datos de niños, en línea con los principios de protección de datos personales aplicables a menores. Además, deben gestionar riesgos y reportar avances de cumplimiento al ministerio competente cada seis meses.

El decreto también ordena la formulación, en un plazo de doce meses, de una Política Pública Nacional de Entornos Digitales Sanos y Seguros para niñas, niños y adolescentes, que funcionará como marco de coordinación estatal para las medidas de protección en línea.

Alcance operativo

Entre las medidas públicas asociadas a la reglamentación figura un repositorio gratuito de recursos y buenas prácticas para familias, estudiantes y docentes. Ese espacio no puede incluir publicidad dirigida a menores ni exigir recolección de datos personales como condición de acceso, lo que refuerza las obligaciones de privacidad por defecto en contenidos educativos y de sensibilización.

La norma también crea un Sistema Integral de Monitoreo, Evaluación y Desarrollo Tecnológico coordinado por MinTIC, con participación formal del Ministerio de Educación, ICBF, Fiscalía General de la Nación y Ministerio de Defensa. El objetivo es hacer seguimiento de riesgos y violencias digitales contra menores.

En la presentación pública del decreto, el Gobierno nacional y MinTIC lo enmarcaron como una herramienta para prevenir riesgos específicos en línea, entre ellos ciberacoso, explotación y abuso sexual, captación por medios digitales, vulneración de la privacidad y exposición a contenidos inapropiados.

Lectura técnica y debate regulatorio

Cobertura audiovisual de medios nacionales añadió que mensajerías y redes sociales deberán prohibir el perfilamiento algorítmico para publicidad y contenidos adictivos dirigidos a niños, y habilitar canales inmediatos de reporte hacia Fiscalía e ICBF cuando se identifiquen casos de violencia o riesgo contra menores.

En paralelo, un análisis académico de la Universidad El Bosque señaló que el decreto se apoya en un esquema de autorregulación para las plataformas. Según esa lectura, se exigen medidas de verificación de edad, controles parentales y protección, pero el texto no obliga a revelar código fuente ni modelos algorítmicos, y varias obligaciones descansan más en buenas prácticas que en supervisión técnica directa del Estado.

La misma universidad advirtió vacíos y propuso que el Estado avance hacia controles parentales obligatorios por defecto en dispositivos y plataformas, para no depender solo de la autorregulación de la industria y de la supervisión individual de cada familia.

Ajuste al marco sectorial

Infobae Colombia reportó que el Decreto 0769 de 2026 adiciona un nuevo título al Decreto 1078 de 2015, el Decreto Único Reglamentario del sector TIC, integrando las obligaciones de protección de menores en internet dentro del marco regulatorio sectorial existente.

En ese mismo ecosistema regulatorio, medios colombianos señalan que avanza en el Congreso un proyecto de ley que endurece la responsabilidad de las plataformas sobre el acceso de menores a redes sociales, con verificación de edad mediante documento de identidad, reconocimiento facial u otras herramientas, y con la Superintendencia de Industria y Comercio como autoridad de inspección, vigilancia y control, con multas de hasta 5000 salarios mínimos legales por incumplimiento. Programas de análisis político y tecnológico también vinculan esa iniciativa con una posible prohibición de redes sociales para menores de 14 años y acceso condicionado para quienes tengan entre 14 y 16 años.

Fuentes

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