BCU propone autenticación reforzada
El BCU puso en consulta un proyecto que exige autenticación reforzada para operaciones y afiliación a billeteras
La Superintendencia de Servicios Financieros del Banco Central del Uruguay puso en consulta pública en septiembre de 2026 un proyecto normativo que cambia obligaciones para emisores de instrumentos electrónicos y el trámite de reclamos. La propuesta incorpora autenticación reforzada para operaciones con instrumento no presente, una excepción para pagos recurrentes y un plazo máximo de 60 días corridos cuando intervengan instituciones del exterior.
La Superintendencia de Servicios Financieros del Banco Central del Uruguay puso en consulta pública en septiembre de 2026 un proyecto normativo que modifica las obligaciones de los emisores de instrumentos electrónicos y el procedimiento de atención de reclamos. La propuesta pone el foco en la seguridad de las operaciones y en la prevención de fraudes, según informó El País (Uruguay).
¿Qué exige la nueva propuesta del BCU?
El proyecto incorpora la obligación de aplicar autenticación reforzada para fortalecer la seguridad de las operaciones con instrumento no presente, en atención a los niveles de fraude observados en ese tipo de transacciones. Esa exigencia también alcanza a la afiliación de instrumentos electrónicos a billeteras digitales.
La norma aclara que los emisores deberán aplicar autenticación reforzada de los clientes cada vez que se les requiera para realizar transacciones con instrumento no presente, conforme a estándares vigentes. Además, para la afiliación a billeteras digitales, podrán considerar como factor de posesión un instrumento tokenizado vinculado de forma única y segura al dispositivo del cliente.
¿Qué excepciones incorpora el texto?
El proyecto introduce una excepción a la autenticación reforzada para pagos iniciados por el beneficiario en operaciones recurrentes. La previsión alcanza a suscripciones de servicios y débitos automáticos, de acuerdo con el texto difundido por la Superintendencia de Servicios Financieros del BCU.
Ese punto delimita qué tipo de transacciones quedan fuera del requisito reforzado, sin modificar el resto de las obligaciones previstas para los emisores de instrumentos electrónicos. La propuesta busca ordenar el tratamiento de pagos repetitivos dentro del esquema de seguridad que se está consultando.
¿Cómo cambia el plazo de respuesta a reclamos?
El proyecto fija un plazo máximo de 60 días corridos desde la presentación del reclamo cuando la investigación requiera la intervención de instituciones del exterior. Ese estándar procedimental quedaría como referencia para las entidades financieras emisoras de instrumentos electrónicos.
La disposición apunta a darle un cierre temporal al trámite cuando la respuesta dependa de gestiones fuera del país. En ese escenario, el BCU establece que la respuesta definitiva no podrá extenderse más allá de esos 60 días corridos.
¿Qué alcance tiene la consulta pública?
La propuesta está dirigida a los emisores de instrumentos electrónicos y a su régimen de atención de reclamos. El proyecto todavía está en consulta pública, por lo que el contenido difundido por el BCU describe cambios propuestos y no una norma ya vigente.
Fuentes
- Decreto 66/025 Uruguay: obligaciones de ciberseguridadinfosecura.com.uy· InfoSecura
- De 2.000 a 30.000 denuncias: el ciberdelito crece, se profesionaliza y desafía a la justicialadiaria.com.uy· La Diaria
- Mayor protección ante fraudes: la nueva propuesta del BCU para realizar compras y definir reclamoselpais.com.uy· El País (Uruguay)
- ¿Hackearon tu empresa? Qué hacer en Uruguayinfosecura.com.uy· InfoSecura
- The BHU Cybersecurity Crisis. BANCO HIPOTECARIO ... (análisis de la crisis y referencia a Circular N° 2486 del BCU)x.com· Artículo y hilo divulgados vía X (Twitter)
- How to Report Cybercrime and Online Fraud in Uruguay (2026)ministryofcyberaffairs.com· Ministry of Cyber Affairs (Uruguay)



