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Senado mexicana reforma delito informático

El Senado mexicano registró una iniciativa para reformar el Código Penal Federal y tipificar conductas digitales vinculadas con violencia digital

Whalemate Labs · Research asistido por IAPublicado:3 min

El Sistema de Información Legislativa del Senado de México registra una iniciativa para reformar el Código Penal Federal en materia de ciberseguridad y delitos informáticos. La propuesta busca incorporar un nuevo capítulo para sancionar conductas que vulneran el libre ejercicio de la personalidad mediante medios digitales, incluida la generación, difusión o almacenamiento de contenido íntimo o pornográfico sin consentimiento.

El Sistema de Información Legislativa del Senado de México registra una iniciativa para reformar el Código Penal Federal en materia de ciberseguridad y delitos informáticos. La propuesta busca incorporar un nuevo capítulo para tipificar conductas que vulneran el libre ejercicio de la personalidad mediante medios digitales, incluida la generación, difusión o almacenamiento de contenido íntimo o pornográfico sin consentimiento. El documento figura como materia en trámite, por lo que su procesamiento legislativo sigue abierto.

¿Qué propone la iniciativa federal?

La iniciativa plantea agregar un nuevo capítulo al Código Penal Federal para sancionar conductas cometidas por medios digitales que afecten el libre ejercicio de la personalidad. En el texto legislativo citado por el SIL se incluye de forma expresa la generación, difusión o almacenamiento de contenido íntimo o pornográfico sin consentimiento como una de las conductas alcanzadas.

El documento forma parte de un informe vertical de actividades legislativas del Senado, donde también se enlistan iniciativas relacionadas con violencia digital y nuevas figuras de delitos cometidos mediante tecnologías de la información y comunicación. En ese mismo marco, la cobertura de El Heraldo de México señaló que en comisiones se discute cerrar vacíos legales frente a la violencia digital contra mujeres cuando el contenido es generado por inteligencia artificial, con referencia específica a los deepfakes sexuales.

¿En qué estado está el trámite?

La reforma sigue en trámite y no aparece como concluida en el informe vertical legislativo del propio SIL. Eso significa que, al momento del documento fechado el 24 de agosto de 2026, el tratamiento de la iniciativa seguía abierto.

La discusión se da en paralelo a otros cambios normativos en la Ciudad de México y el Estado de México sobre datos personales, transparencia y fraude digital. En la capital, Greenberg Traurig México describió un nuevo marco regulatorio local que tipifica y sanciona el phishing y el fraude digital, mientras que El Universal informó que la Jefatura de Gobierno expidió nuevas leyes de protección de datos y transparencia, con la extinción del Info CDMX y la creación de 11 organismos garantes.

¿Cómo se está moviendo el resto del mapa regulatorio?

La Ciudad de México y el Estado de México avanzaron con reformas que combinan protección de datos, transparencia y nuevas figuras penales vinculadas al fraude digital. En la capital, el artículo 231 Bis del Código Penal local fija penas de tres a seis años de prisión y multas de 23,462 a 70,386 pesos para conductas de phishing, con aumentos de hasta la mitad si la víctima es una persona con discapacidad, un adulto mayor o un menor de edad, según Greenberg Traurig México.

En paralelo, Diario Portal reportó que el Congreso del Estado de México aprobó una nueva Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, junto con una nueva Ley de Transparencia y Acceso a la Información, en medio de oposición de PRI, PAN y MC. La norma aplica a autoridades, organismos de los tres poderes, órganos autónomos y fideicomisos y fondos públicos estatales y municipales, y establece bases para el tratamiento de datos personales y el ejercicio de los derechos ARCO.

Entidad / ámbito Medida Alcance Sanciones o efectos Fuente
Senado de México Iniciativa de reforma al Código Penal Federal Conductas digitales que vulneran el libre ejercicio de la personalidad, incluida la difusión de contenido íntimo sin consentimiento No detalladas en el material SIL / Senado
Ciudad de México Artículo 231 Bis del Código Penal local Phishing y fraude digital 3 a 6 años de prisión, multas de 23,462 a 70,386 pesos, con agravantes Greenberg Traurig México
Ciudad de México Nuevas leyes de datos y transparencia Reorganización institucional de transparencia y protección de datos Extinción del Info CDMX y creación de 11 organismos garantes El Universal
Estado de México Nueva Ley de Protección de Datos Personales y Ley de Transparencia Sujetos obligados estatales y municipales, derechos ARCO Bases para tratamiento de datos personales Diario Portal

La coincidencia temporal de estas medidas muestra un reacomodamiento del marco penal y administrativo sobre violencia digital, protección de datos y fraude informático en distintos niveles de gobierno.

Fuentes

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