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Guatemala, Uruguay y Chile endurecen reglas cyber

Guatemala tipifica delitos de ciberseguridad, Uruguay exige informes anuales a organismos estatales y Chile fija reportes y multas para incidentes.

Whalemate Labs · Research asistido por IA17 de jul de 20262 min

Guatemala avanzó en la definición de delitos de ciberseguridad dentro del debate de la Ley Nacional del Sistema Portuario. En paralelo, Uruguay y Chile movieron sus marcos regulatorios con nuevas obligaciones de reporte para organismos públicos y operadores esenciales.

Guatemala define delitos en la discusión portuaria

La Comisión de Economía del Congreso de Guatemala avanzó en la definición de delitos de ciberseguridad dentro del debate de la Ley Nacional del Sistema Portuario. Según la cobertura de Infobae, el trabajo legislativo incluyó conductas como acceso ilícito a sistemas o datos informáticos, interceptación ilícita de datos, ataques a la integridad de datos y sistemas, falsificación informática, fraude informático, uso indebido de dispositivos y pornografía infantil.

La nota también aclara que este abordaje se está dando en el marco de la discusión de la ley portuaria, sin que todavía se haya precisado la aprobación final de un código penal específico de cibercrimen. Por ahora, la referencia es al avance en la definición de conductas dentro de ese proceso legislativo.

Uruguay impone reportes anuales a cada organismo

En Uruguay, la nueva Rendición de Cuentas incorpora cambios en ciberseguridad que obligan a cada organismo del Estado a elaborar un informe anual sobre su situación y remitirlo a la AGESIC. El texto toma como referencia el Marco de Ciberseguridad Uruguay, según la cobertura de El Observador.

La publicación detalla además que cada organismo estatal deberá hacer una vez al año un chequeo de su propia ciberseguridad, presentar el informe a su máxima autoridad antes del 1° de marzo y enviarlo después a AGESIC en un plazo de sesenta días. La medida suma una rutina formal de revisión y reporte para el sector público uruguayo.

Chile consolida un esquema de reporte y sanciones

La guía Ley Fácil de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile describe una ley de ciberseguridad que fija la institucionalidad, los principios y la normativa general para estructurar, regular y coordinar las acciones de ciberseguridad de los organismos del Estado y de las entidades que prestan servicios esenciales o que son operadores de importancia vital.

Esa ley obliga a instituciones públicas y privadas alcanzadas por la norma a reportar al CSIRT Nacional los ciberataques e incidentes de ciberseguridad que puedan tener efectos significativos, dentro de los plazos establecidos por la propia ley. También prevé un régimen sancionatorio escalonado, con infracciones leves, graves y gravísimas.

La BCN añade que las multas pueden llegar hasta 20 mil UTM, o hasta 40 mil UTM en el caso de operadores de importancia vital. En conjunto, los cambios en Guatemala, Uruguay y Chile muestran un giro hacia obligaciones más precisas de reporte, clasificación de incidentes y tipificación de conductas con impacto directo en organismos públicos y sectores esenciales.

Fuentes

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