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Colombia: FNA y SFC actualizan controles

El FNA reportó cumplimiento del SIAR y la SFC publicó un proyecto sobre garantías globales, además de ordenar suspender a Fundación FG.

Whalemate Labs · Research asistido por IAPublicado:2 min

El Fondo Nacional del Ahorro informó que cumple la Circular Básica Financiera, en lo relativo al Sistema Integral de Administración de Riesgos, y que gestiona la seguridad de la información bajo la Circular Básica Jurídica y el Decreto 1008 de 2018. En paralelo, la Superintendencia Financiera de Colombia publicó un proyecto de circular sobre esquemas de garantía global y ordenó suspender a Fundación FG por captación no autorizada.

El Fondo Nacional del Ahorro informó que cumple la Circular Básica Financiera, en lo relativo al Sistema Integral de Administración de Riesgos, y que gestiona la seguridad de la información conforme a la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia Financiera de Colombia y al Decreto 1008 de 2018 sobre política de Gobierno Digital. La publicación figura en su sección de riesgos institucionales, con fecha 2026-09-08.

¿Qué publicó la Superintendencia Financiera sobre garantías globales?

La Superintendencia Financiera de Colombia publicó el Proyecto de Circular Externa 15 de 2026, con instrucciones sobre esquemas de garantía global para fondos de garantías vigilados. Además, habilitó un canal de comentarios externos a través del correo normativa@superfinanciera.gov.co, según su aviso oficial del 2026-09-11.

Ese movimiento se suma a la actualización de obligaciones que enfrentan las entidades vigiladas en materia de gobierno de riesgos y evidencias de cumplimiento. En este caso, el foco está puesto en fondos de garantías y en la forma en que documentan y administran sus esquemas de respaldo.

¿Qué ordenó la Superintendencia a Fundación FG?

La Superintendencia Financiera ordenó a la entidad Fundación FG, Administrador de Fideicomisos Civiles, suspender actividades de captación no autorizada, en el marco de sus funciones de supervisión del sector financiero y protección del consumidor financiero. La orden fue divulgada por la propia entidad de control el 2026-09-09.

La medida refuerza que la supervisión no se limita a lineamientos técnicos, sino también a la intervención frente a operaciones que el regulador considera fuera de autorización. En el mismo período, el supervisor combinó un proyecto normativo y una orden de suspensión, dos señales distintas sobre el control del perímetro financiero.

¿Qué implican las exigencias técnicas para APIs financieras?

El material técnico citado indica que, bajo marcos regulatorios como los aplicables a finanzas abiertas en Colombia, las APIs que pueden mover dinero, cambiar el estado de identidad o modificar permisos de clientes deben incorporar autenticación fuerte, autorización de mínimo privilegio, cifrado TLS, controles de red y registro exhaustivo de eventos.

Entre las medidas mencionadas por SysgenPro y NHIMG aparecen OAuth 2.0 con credenciales de cliente, mTLS, listas blancas de IP y trazabilidad completa de accesos y autorizaciones. El criterio es que esas salvaguardas permitan demostrar cumplimiento y conservar evidencia útil ante requerimientos del supervisor.

La combinación de autenticación robusta, control de permisos y registro detallado apunta a reducir el margen de fraude y a sostener auditorías sobre los flujos de datos y de pagos. Para entidades financieras, el estándar técnico ya no se limita a la conectividad: también exige prueba documental de lo que cada API permitió hacer y cuándo lo hizo.

Fuentes

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