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BCRA ajusta informes a proveedores de crédito

El Banco Central amplió exigencias informativas para proveedores no financieros de crédito y reforzó sus consejos contra estafas digitales.

Whalemate Labs · Research asistido por IA28 de jul de 20264 min

El Banco Central de la República Argentina emitió la Comunicación A 8456/2026, con cambios en el régimen informativo para proveedores no financieros de crédito y nuevas precisiones sobre el servicio de cobro con transferencia. La entidad también volvió a difundir recomendaciones para evitar estafas virtuales y, en coberturas del sector privado, aparecen referencias a controles antifraude basados en identidades, biometría y validaciones oficiales.

Más control sobre proveedores de crédito

El Banco Central de la República Argentina emitió la Comunicación A 8456/2026, con adecuaciones al Régimen Informativo para los proveedores no financieros de crédito. El ajuste pone el foco en el uso del servicio de cobro con transferencia y en la forma en que esas entidades deben remitir información al organismo.

Según la cobertura de Indicadores.ar, cuando un proveedor no financiero de crédito solicite acceso a ese servicio, la primera presentación informativa deberá hacerse a través del aplicativo Registro de Proveedores no Financieros de Crédito. Además, la presentación anual correspondiente al año de la solicitud deberá enviarse aunque el período bajo revisión sea menor a 12 meses.

La misma cobertura señala que el BCRA reforzó la supervisión sobre este segmento mediante exigencias técnicas y regulatorias de remisión de información, vinculadas con el texto ordenado de Presentación de informaciones al Banco Central, sección 74.

Recomendaciones para estafas virtuales

En paralelo a ese cambio regulatorio, el Banco Central difundió recomendaciones para evitar estafas virtuales y cuidar las cuentas bancarias. Entre los consejos, insistió en no compartir claves, códigos de seguridad ni datos confidenciales por redes sociales o enlaces enviados por contactos sospechosos. También indicó que, ante comunicaciones inesperadas, se debe cortar el contacto y acudir a los canales oficiales de la entidad financiera.

Sur24 añadió que, si una persona instaló una aplicación a pedido de un supuesto representante de una entidad, compartió información bancaria o sospecha accesos indebidos, debe comunicarse lo antes posible con el banco donde tiene sus productos y realizar la denuncia ante la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia, UFECI.

Las advertencias también fueron ampliadas por El Litoral y Es Re Viral. Ambos medios detallaron que los fraudes suelen apoyarse en llamadas falsas, perfiles clonados en redes sociales, pedidos de códigos y claves, y aplicaciones de acceso remoto instaladas a pedido de supuestos empleados bancarios, una mecánica que puede terminar en el vaciamiento de cuentas bancarias.

Es Re Viral sumó que el BCRA recomienda cambiar de inmediato todas las contraseñas de acceso a servicios financieros y avisar a familiares y conocidos para prevenir nuevos casos. Además, las notas de El Litoral y Es Re Viral coinciden en que las víctimas deben documentar con precisión las operaciones fraudulentas, incluyendo fechas, montos, canales y tipo de transacción, para poder escalar el reclamo mediante un formulario específico del Banco Central, después de obtener un número de reclamo en la entidad financiera y una vez cumplido un plazo mínimo de diez días hábiles.

La lectura del sector

En el plano privado, voceros del sector en Argentina señalan que las entidades financieras buscan cumplir las normativas del BCRA sobre prevención de fraude digital mediante arquitecturas de gestión de identidades y accesos de clientes, conocidas como CIAM. Esa estrategia integra validaciones con bases oficiales como RENAPER, biometría conductual y autenticación continua basada en riesgos.

De acuerdo con análisis citados por Infosertecla, esas exigencias regulatorias empujan a las instituciones financieras a orquestar controles antifraude de bajo impacto en la experiencia del usuario, aunque la cobertura aclara que no detalla explícitamente qué normas específicas de ciberseguridad del BCRA son aplicables.

El material también incluye una referencia regional. La guía Robos y fraudes en el uso de tarjetas e instrumentos financieros del Banco Central de Chile establece que los emisores deben ofrecer canales gratuitos 24x7 para reportar hurto, robo, extravío o fraude, bloquear medios de pago inactivos por más de 12 meses e informar semestralmente en sus sitios web la cantidad de usuarios afectados, los montos involucrados y los tiempos de respuesta, con envío desagregado a la Comisión para el Mercado Financiero.

Fuentes

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