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Uruguay amplía la supervisión financiera del BCU

El BCU prepara una ley de finanzas abiertas y refuerza la ciberseguridad del sistema financiero. También ajusta la supervisión de activos virtuales.

Whalemate Labs · Research asistido por IAPublicado:2 min

El Banco Central del Uruguay incluyó en su plan 2026-2030 el fortalecimiento de la ciberseguridad financiera y la elaboración de un anteproyecto de ley de Finanzas Abiertas con potestades de regulación, supervisión y sanción sobre los actores del ecosistema.

El Banco Central del Uruguay incorporó en su Plan Estratégico 2026-2030 el fortalecimiento de la ciberseguridad en el sistema financiero y la lucha contra el lavado de activos, al mismo tiempo que avanza en la elaboración de un anteproyecto de ley de Finanzas Abiertas con facultades de regulación, supervisión y sanción para los participantes del ecosistema.

Finanzas abiertas con nuevas potestades

De acuerdo con el anuncio del BCU, la propuesta buscará habilitar un ecosistema de finanzas abiertas en el país. El diseño contempla que el Banco Central pueda regular, supervisar y sancionar a los actores involucrados, lo que implicará nuevas obligaciones de cumplimiento para entidades financieras y proveedores tecnológicos que traten datos financieros de clientes.

El modelo que describe El País en Uruguay, a partir de los artículos 184 a 204 de un proyecto, apunta a que personas y empresas puedan autorizar el intercambio de sus datos financieros entre instituciones y proveedores registrados ante el BCU. La meta es modernizar el sistema y facilitar nuevos productos y servicios, bajo un esquema basado en consentimientos explícitos de los usuarios para la compartición de datos.

AEBU cuestionó públicamente ese futuro sistema y advirtió que muchos usuarios podrían aceptar compartir datos sin comprender el alcance de esa decisión. El sindicato también sostuvo que el proyecto hace una mención escasa a medidas mínimas de seguridad para las empresas que operen en el sistema, en un contexto de crecimiento de ciberdelitos.

Más control sobre el perímetro regulado

El plan hacia 2030 también marca que la autoridad comenzó en 2026 con la reglamentación e implementación de una nueva legislación sobre Instituciones Emisoras de Dinero Electrónico, incluyendo normativa sobre análisis de riesgos y garantías, además de cambios en el relacionamiento con clientes para prevenir fraudes en intermediarios de valores.

En paralelo, el Diario Oficial publicó la Circular Nº 2.508 del Banco Central del Uruguay como fe de erratas de la Circular Nº 2.507, en la Recopilación de Normas del Mercado de Valores. Ese ajuste formal indica que el régimen para proveedores de servicios de activos virtuales tuvo modificaciones posteriores a su emisión original.

El País detalló además que el Banco Central fijó requisitos y fechas límite específicas para regular a las empresas proveedoras de servicios de activos digitales, en línea con la implementación de la Circular Nº 2.507 y con el plan de control de fraudes y fortalecimiento de la supervisión tecnológica.

SomoSuruguay informó que el Plan Estratégico 2026-2030 surgió de un proceso de reflexión estratégica interno realizado en 2025, en el que se definieron prioridades institucionales para los próximos cinco años, entre ellas la agenda de finanzas abiertas y el refuerzo de la ciberseguridad financiera, con referencia expresa a documentación oficial del BCU.

Fuentes

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