México endurece biometría y Argentina ajusta pagos
México impone biometría facial, bases propias y auditorías; Argentina actualiza la circular SINAP 1-248 del BCRA sobre pagos
México fijó nuevas exigencias biométricas para bancos y fintech, con verificación facial contra registros oficiales, bases de datos propias y un plazo de 90 días hábiles. En Argentina, el BCRA publicó la Comunicación A 8438, que actualiza la circular SINAP 1-248 sobre el Sistema Nacional de Pagos y suma hojas de reemplazo al texto ordenado.
México y Argentina avanzaron en la misma dirección regulatoria pero con focos distintos. En México, la nueva regulación biométrica obliga a instituciones financieras a incorporar reconocimiento facial como mecanismo oficial de verificación, con coincidencia mínima del 90% contra registros del INE, la SRE u otras autoridades federales, además de construir bases biométricas propias bajo control de cada entidad. En Argentina, el BCRA publicó la Comunicación A 8438, que confirma la circular SINAP 1-248 sobre el Sistema Nacional de Pagos y actualiza el texto ordenado con hojas de reemplazo.
¿Qué cambia en México para bancos y fintech?
La normativa mexicana obliga a que la biometría facial complemente la huella dactilar y se use como verificación oficial, con reglas de resguardo, gobierno de la información y controles técnicos sobre las bases biométricas bancarias. El material de research también indica que esas bases no pueden compartirse ni comercializarse con terceros y que deben someterse a auditorías periódicas de ciberseguridad.
Además, la regulación exige cifrado, segregación en infraestructura dedicada, control de accesos y borrado seguro. Las instituciones tienen 90 días hábiles para hacer las adecuaciones correspondientes, según la nota especializada de Periodismo y Ambiente.
La documentación disponible suma otros elementos del ecosistema mexicano de identidad digital. Shufti Pro describe que la CNBV estructura los controles de KYC en cuatro niveles, con Nivel 3 para identificación completa con biometría y validación de fuentes oficiales, y Nivel 4 para identificación reforzada y chequeos biométricos equivalentes a una cuenta bancaria tradicional. Esa misma guía señala que desde 2020 la CNBV permite abrir cuentas de Nivel 3 y 4 con procesos no presenciales basados en video, usando fotografía del INE, selfie y videollamada en vivo de al menos 30 segundos, con verificación contra el INE y confirmación ante RENAPO.
Digid México agrega que, cuando un proveedor externo gestiona imágenes de identificación oficial o datos biométricos, la institución de tecnología financiera debe obtener autorización previa de la CNBV o del Banco de México antes de integrar ese servicio. La misma guía afirma que los esquemas biométricos con reconocimiento facial deben incluir prueba de vida certificada y capacidad de detectar deepfakes, máscaras, fotos estáticas y ataques de inyección. También señala que algunas implementaciones de mayor riesgo pueden exigir coincidencias de hasta 98% contra registros del INE.
¿Qué alcance tiene en la banca tradicional?
Medios de divulgación financiera reportaron que, desde el 1 de julio de 2026, todas las instituciones bancarias en México están obligadas a solicitar datos biométricos, huella o reconocimiento facial, para autorizar operaciones. En paralelo, coberturas internacionales indicaron que la CNBV exige prueba de vida en la autenticación facial para operaciones presenciales.
La reacción política ya apareció. Legisladores del PVEM pidieron a la CNBV y al Banco de México que fortalezcan mecanismos alternativos de identificación y autenticación para personas adultas mayores y personas con discapacidad que tienen dificultades para usar biometría en el acceso a sus cuentas.
¿Qué resolvió el BCRA en Argentina?
El Banco Central de la República Argentina publicó la Comunicación A 8438 en el Boletín Oficial 35970 y confirmó que la circular referenciada es la SINAP 1-248 sobre el Sistema Nacional de Pagos, dirigida a entidades financieras y a otros proveedores no financieros de crédito. La norma incorpora hojas de reemplazo al texto ordenado de la circular, en función de disposiciones previas difundidas por la Comunicación A 8299 y los Boletines CIMPRA 537, 538, 542 y 545.
Ese esquema muestra una actualización escalonada del sistema de pagos y compensación argentino, con impacto en cheques y otros instrumentos compensables. En paralelo, el BCRA mantiene el foco regulatorio sobre procesos de pago y compensación, en una línea que convive con sus normas tecnológicas y de seguridad.
¿Cómo se conecta esto con fraude y cumplimiento?
En México, la frontera entre fraude cibernético y cumplimiento regulatorio aparece en la operativa diaria de banca y fintech. NextGuard señala que ciertos incidentes sobre infraestructura de pagos pueden derivar en procesos de defensa regulatoria ante CNBV, Banco de México y CONDUSEF, mientras que los fraudes contra clientes finales por ingeniería social suelen tramitarse bajo reglas de CONDUSEF y el Mecanismo Especial de Devolución de Banxico.
Ese mismo encuadre ayuda a leer por qué las nuevas reglas no se limitan a validar una imagen. El material disponible muestra que el sistema regulatorio mexicano está empujando controles de identidad más estrictos, con gobierno propio de los datos biométricos, límites a la participación de terceros y exigencias técnicas más altas según el riesgo del producto y el tipo de cuenta.
Fuentes
- BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA - Comunicación "A" 8438/2026boletinoficial.gob.ar· Boletín Oficial de la República Argentina
- Comunicación A 8438 / 2026 - ENTIDADES FINANCIERASargentina.gob.ar· Argentina.gob.ar
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