CMF multa a Principal AGF con UF 200
La CMF sancionó a Principal AGF por deficiencias en cartolas de clientes y por ofrecer un fondo extranjero no inscrito.
La CMF sancionó con una multa de UF 200 a Principal Administradora General de Fondos S.A. por fallas en el manejo de información de clientes y por la oferta de un fondo extranjero no inscrito. El regulador también indicó que la administradora no cumplió los requisitos para acceder a una rebaja de hasta 80% de la multa, entre otros motivos porque ya había sido sancionada en julio de 2023.
La Comisión para el Mercado Financiero multó con UF 200 a Principal Administradora General de Fondos S.A. por deficiencias en el manejo de información de clientes y por la oferta de un fondo extranjero no inscrito. La CMF también señaló que la administradora no cumplió los requisitos para acceder a la reducción de hasta 80% de la multa prevista en el artículo 58 del Decreto Ley N° 3.538, entre otros motivos porque ya había sido sancionada en julio de 2023.
¿Qué fallas detectó la CMF en el manejo de cartolas?
La CMF informó que 46 cartolas pertenecientes a 44 partícipes quedaron expuestas públicamente en internet por una carga inadecuada de archivos. De ese total, 29 cartolas asociadas a 28 clientes fueron accedidas, aunque se desconoce la identidad de quienes ingresaron a la información.
Según la cobertura de Diario Financiero, los incumplimientos se originaron en defectos operacionales que luego fueron corregidos por la administradora y tuvieron un impacto acotado, de acuerdo con el regulador. La sanción se vinculó con esas deficiencias en el manejo de información de clientes y con la comercialización de valores extranjeros.
¿Qué fondo extranjero fue ofrecido y a cuántos clientes?
La oferta involucró al fondo BSF Emerging Markets Short Duration Bond Fund A2, que fue comercializado a 127 clientes entre diciembre de 2024 y septiembre de 2025. La CMF sostuvo que esa comercialización infringió el artículo 183 de la Ley de Mercado de Valores y la Norma de Carácter General N° 352.
El regulador encuadró la conducta dentro de las infracciones asociadas a la oferta de un vehículo extranjero no inscrito. En paralelo, rechazó que la administradora pudiera acceder al beneficio de rebaja máxima de la multa, en parte por su sanción previa de julio de 2023.



