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Brasil activa reglas nuevas para big techs

Los decretos 12.975 y 12.976 ya rigen en Brasil y fijan nuevas obligaciones para plataformas, ANPD y contenidos íntimos.

Whalemate Labs · Research asistido por IA22 de jul de 20264 min

Brasil puso en marcha los decretos 12.975 y 12.976, que cambian el estándar de moderación y trazabilidad para plataformas digitales. Desde el 20 de julio, las big techs deben responder con más rapidez ante contenido ilícito, preservar datos de campañas publicitarias y aplicar plazos de hasta dos horas para la eliminación de material íntimo no consentido, bajo fiscalización de la ANPD.

Qué cambió con los decretos

Los decretos 12.975 y 12.976 entraron en vigor el 20 de julio de 2026 en Brasil y abrieron una nueva fase regulatoria para las plataformas digitales, pese a los proyectos que buscaban derribarlos en el Congreso. La consecuencia práctica es que las big techs comenzaron a operar bajo nuevas obligaciones de gobernanza, gestión de riesgos, moderación y publicidad digital.

El decreto 12.975 introduce una presunción de responsabilidad automática para las plataformas cuando contenido irregular se difunde mediante anuncio pago, impulsamiento o mecanismos artificiales de distribución, incluso si la empresa no fue notificada antes sobre ese material. Además, obliga a las empresas que comercializan anuncios a conservar durante un año los datos que permitan identificar a los responsables de campañas publicitarias digitales.

Deber de cuidado y respuesta extrajudicial

La reglamentación también fija un deber de cuidado para que las plataformas actúen frente a contenidos ligados a delitos graves sin esperar una orden judicial. Análisis divulgados en medios de política digital señalan que, tras esta reglamentación del STF, la regla general del Marco Civil pasa de exigir orden judicial para la retirada de contenido a un modelo de notificación extrajudicial obligatoria. En ese esquema, cualquier persona puede notificar contenido que considere criminal, la plataforma debe decidir y fundamentar su decisión, no puede permanecer silente y responde cuando se abstiene de actuar ante contenidos ilícitos o criminales.

Poder360 agregó que las plataformas siguen sin una responsabilidad general por contenido de terceros, pero sí deben publicar sus políticas de remoción, canales de denuncia y mecanismos de recurso como parte de sus obligaciones de transparencia.

Material íntimo, IA y campañas de acoso

El decreto 12.976 fija un plazo específico de hasta dos horas para remover contenido íntimo divulgado sin consentimiento, incluidas montajes y material generado por inteligencia artificial. También obliga a los proveedores a bloquear la re subida de ese contenido y a comunicar al autor y al denunciante el fundamento de la decisión de remover o mantener el material, con indicación de vías de recurso.

La misma norma refuerza la prohibición de que herramientas de IA generen o alteren imágenes íntimas de personas reales, y exige salvaguardas técnicas específicas para evitar ese tipo de salida. Además, obliga a las plataformas a reducir de forma proactiva el alcance de campañas coordinadas de acoso contra mujeres, incluso cuando no exista una denuncia formal.

La ANPD como autoridad de fiscalización

Los dos decretos designan expresamente a la Agencia Nacional de Protección de Datos, ANPD, como autoridad responsable de fiscalizar el cumplimiento de las nuevas obligaciones. Su tarea incluye evaluar medidas preventivas, canales internos de denuncia y la publicación de decisiones de moderación.

En paralelo, la propia ANPD aparece en una etapa de endurecimiento de su fiscalización. Según los materiales de referencia, el organismo evalúa procesos contra 21 entidades, refuerza la aplicación de la LGPD y trabaja en exigencias técnicas que también alcanzan a quienes operan en el entorno de datos y cumplimiento. Para empresas y equipos de seguridad, el efecto inmediato es más presión sobre documentación, trazabilidad, respuesta a denuncias y control de riesgos sistémicos.

Qué mira ahora el cumplimiento

La evaluación de riesgos sistémicos debe calibrarse según factores como el tamaño económico del proveedor y su nivel de interferencia en la circulación de contenido de terceros. En la práctica, eso desplaza parte del foco desde una lógica puramente reactiva hacia una vigilancia más estructurada sobre publicidad digital, moderación, canales internos y medidas preventivas.

Con la entrada en vigor de los decretos, el mercado brasileño quedó obligado a ajustar procesos y evidencia operativa a un régimen más exigente, mientras la ANPD queda posicionada como el punto de control para verificar si las plataformas cumplen con el nuevo estándar.

Fuentes

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