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Chile aplaza la ley de datos personales a 2027

El Gobierno ingresó el proyecto al Senado con urgencia suma. La reforma posterga la ley

Whalemate Labs · Research asistido por IAPublicado:Actualizado 4 min

El Gobierno de Chile ingresó al Senado un proyecto para postergar un año la entrada en vigencia de la Ley 21.719 de protección de datos personales y ajustar el diseño de la futura Agencia de Protección de Datos Personales. La iniciativa fue presentada como boletín 18.623-07 y quedó con urgencia suma.

Actualización 8 de septiembre de 2026: El proyecto ya fue ingresado formalmente al Senado como boletín 18.623-07, acompañado del Mensaje Presidencial N° 110-374, con urgencia suma. Además, ahora se conocen más detalles sobre la primera designación del Consejo Directivo, su régimen de funcionamiento y el alcance transitorio de las sanciones.

El Gobierno de Chile ingresó al Senado un proyecto de ley que posterga por un año la entrada en vigencia de la Ley 21.719 de protección de datos personales, desde el 1 de diciembre de 2026 al 1 de diciembre de 2027. La iniciativa también refuerza la arquitectura de la futura Agencia de Protección de Datos Personales y mantiene en trámite la ley original mientras la reforma no sea aprobada.

¿Qué cambia con la postergación?

La iniciativa mueve al 2027 el inicio de la ley y extiende para todos los sujetos obligados la posibilidad de cerrar la primera infracción con una amonestación escrita durante los primeros 12 meses de vigencia. Según Carey, el proyecto elimina la referencia específica a las empresas de menor tamaño en el artículo sexto transitorio.

El análisis de Anguita & Osorio ya había advertido que el proyecto se tramita con suma urgencia, lo que reduce los tiempos de discusión en comisiones y en la sala del Senado. Según el mismo estudio jurídico, el boletín pasó a revisión de las comisiones de Constitución y Hacienda.

¿Qué pasa con la futura agencia?

La propuesta modifica el diseño institucional de la futura Agencia de Protección de Datos Personales y adelanta la primera designación de su Consejo Directivo para que ocurra, como máximo, 12 meses antes de la entrada en vigencia de la ley. Eso le permitirá cumplir tareas de instalación y dictar regulación secundaria antes de comenzar a fiscalizar.

De acuerdo con Carey, el nuevo Consejo Directivo tendrá cinco integrantes, mandatos de seis años sin reelección, renovación parcial cada dos años, dedicación exclusiva e incompatibilidades reforzadas. El proyecto además eleva el quórum de funcionamiento a tres miembros.

BioBioChile explicó que, según la normativa vigente, la agencia ya debió estar operativa a más tardar el 1 de junio de 2026. En esa versión original, su dirección superior recaía en un consejo directivo de tres miembros nombrados por el Presidente con acuerdo de dos tercios del Senado.

¿Qué implica para las organizaciones?

El aplazamiento da un año adicional de adaptación para empresas y otros sujetos obligados que deberán ajustar procesos, gobernanza y cumplimiento a la nueva ley. Distintos análisis publicados sobre el proyecto coinciden en que el cambio no solo mueve la fecha de entrada en vigor, sino que reordena la transición institucional de la futura autoridad de datos.

Firmas de análisis jurídico señalaron que la combinación de la postergación hasta el 1 de diciembre de 2027 y el régimen transitorio de sanciones configura, en la práctica, una marcha blanca que podría extenderse por más de cinco años desde la publicación original de la Ley 21.719 en 2024. Obsidian Regulatory Intelligence remarcó además que, mientras el proyecto no sea aprobado, la fecha operativa sigue siendo el 1 de diciembre de 2026.

El debate también generó críticas. Representantes de la Asociación de Profesionales en Protección de Datos cuestionaron públicamente la postergación, mientras que columnas de opinión en medios como La Tercera la respaldaron solo si se traduce en un programa verificable de instalación de la agencia y dictación de normativa secundaria. Cartas y columnas en El Mostrador la calificaron como una mala noticia para el país.

Un académico de la Facultad de Economía y Negocios de la Universidad de Chile advirtió que, incluso con la ley vigente, la nueva agencia podría tardar hasta un año en operar plenamente por falta de autoridades y capacidad operativa, un argumento que aparece en el contexto usado para justificar la reforma. En paralelo, medios económicos chilenos reportaron que el Ejecutivo busca asegurar condiciones institucionales y operativas para la implementación gradual del nuevo marco.

When will we know?

Se sabrá cuando el Senado apruebe o rechace el proyecto que posterga la entrada en vigencia de la Ley 21.719 al 1 de diciembre de 2027. Mientras eso no ocurra, la fecha operativa sigue siendo el 1 de diciembre de 2026.

El artículo ya ingresó formalmente al Senado con urgencia suma, por lo que el próximo hito depende de su discusión en comisiones y en la sala. En paralelo, el texto mantiene en trámite la ley original y también ajusta la instalación de la futura Agencia de Protección de Datos Personales.

Fuentes

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