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Bolivia aprueba en Senado la ley de acceso a la información

El Senado aprobó en grande y en detalle el proyecto y lo remitió a Diputados. La norma fija obligaciones de transparencia y un plazo de reglamentación.

Whalemate Labs · Research asistido por IAPublicado:Actualizado 2 min

El Senado de Bolivia aprobó en grande y en detalle el Proyecto de Ley N.º 066/2025-2026 de Acceso a la Información y lo remitió a Diputados, tras cumplir las dos estaciones de tratamiento legislativo como cámara de origen.

Actualización 2 de septiembre de 2026: la ABI informó que el Senado aprobó en grande y en detalle el Proyecto de Ley N.º 066/2025-2026 de Acceso a la Información durante la reinstalación de su 164.ª sesión ordinaria, el 27 de agosto de 2026, y lo remitió a Diputados. El acta precisó que, al ser cámara de origen, se cumplieron las dos estaciones de tratamiento legislativo antes del envío.

El Senado de Bolivia aprobó el Proyecto de Ley Nº 066/2025-2026 de Acceso a la Información Pública y lo remitió a la Cámara de Diputados para su tratamiento posterior. La iniciativa establece obligaciones de transparencia para las instituciones del Estado frente a ciudadanos que soliciten información, según explicó la senadora Soledad Chapetón.

¿Qué alcance tiene el proyecto aprobado?

El texto incluye a órganos del Estado, instituciones y entidades públicas, empresas públicas, universidades públicas y otras instancias que administren recursos o presten servicios públicos, de acuerdo con la cobertura de Opinión. Ese alcance amplía el universo de sujetos obligados a entregar información cuando exista un pedido ciudadano.

La misma cobertura indicó que el proyecto fija un plazo de 90 días desde su publicación en Gaceta Oficial para la reglamentación. También señaló que el mecanismo de seguimiento pasará a llamarse Observatorio.

¿Cómo quedó el trámite legislativo?

Tras la aprobación en la Cámara de Senadores, el proyecto pasó a la Cámara de Diputados, donde deberá ser considerado por una comisión antes de llegar al plenario, según Urgente.bo. El Diario también reportó que el Senado aprobó la ley y la remitió a Diputados para su tratamiento posterior.

Organizaciones civiles y del periodismo destacaron la aprobación como un avance para garantizar el derecho ciudadano a fiscalizar la gestión pública, de acuerdo con Urgente.bo. La discusión legislativa se da en paralelo a otros cambios regulatorios en Bolivia vinculados con tecnología financiera y activos virtuales.

¿Qué cambia en el marco financiero y cripto?

Bolivia ya cuenta con un marco jurídico para inclusión financiera y servicios Fintech sustentado en los artículos 99 y 100 de la Ley N° 393 de Servicios Financieros y el Decreto Supremo N° 5384, que habilitan la viabilidad jurídica inmediata de modelos apoyados en tecnología, según la USFX y el CEPI.

En el frente de activos virtuales, el Banco Central de Bolivia retiró una regla anterior que prohibía a las instituciones financieras usar instrumentos de pago electrónicos para operaciones con esos activos. Desde ese cambio, los canales de pago autorizados pueden procesar transacciones de compra y venta, con el boliviano como única moneda de curso legal.

La UIF, además, designa a determinados proveedores de servicios de activos virtuales como sujetos obligados en prevención de lavado de dinero. Eso implica registro y cumplimiento de controles antilavado para quienes realicen actividades cubiertas con fines de lucro, según el análisis regulatorio citado por Binance Research.

Fuentes

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