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ANPD revisa fiscalización y sanciones de la LGPD

La ANPD abrió consulta pública para cambiar su regulación de fiscalización y sanciones bajo la LGPD

Whalemate Labs · Research asistido por IAPublicado:3 min

La ANPD abrió el 9 de septiembre de 2026 una consulta pública para revisar el Regulamento do Processo de Fiscalização y el Processo Administrativo Sancionador bajo la LGPD. La propuesta suma nuevas reglas para plataformas digitales, medidas cautelares sin audiencia previa en casos de riesgo y una multa diaria topeada en R$ 50 millones.

La ANPD abrió una consulta pública para revisar el Regulamento do Processo de Fiscalização y el Processo Administrativo Sancionador bajo la LGPD, con audiencia virtual prevista para el 24 de septiembre de 2026 y plazo de contribuciones hasta el 26 de octubre. La minuta propone nuevos criterios para fiscalizar plataformas digitales, ampliar los poderes de investigación y habilitar medidas cautelares inmediatas en situaciones de riesgo.

¿Qué cambia en la fiscalización?

La propuesta de la ANPD reorganiza y amplía las herramientas para exigir información, investigar y adoptar medidas urgentes. Según coberturas especializadas, también incorpora reglas específicas para la fiscalización de plataformas digitales y ajusta los procedimientos a nuevas atribuciones vinculadas con la protección de niños y adolescentes en internet.

De acuerdo con la propia ANPD, la revisión busca adecuar el proceso a competencias relacionadas con el ECA Digital y con deberes de proveedores de aplicaciones previstos en el Decreto nº 12.975/26. Atlas Público informó que la minuta quedó sometida a consulta pública para que la sociedad opine sobre las reglas con las que la autoridad fiscaliza el cumplimiento de la LGPD y aplica sanciones.

¿Qué prevé para las medidas cautelares y multas?

La minuta permitiría que la ANPD adopte medidas cautelares sin manifestación previa del agente regulado cuando exista peligro de daño, y prevé multa diaria por incumplimiento de esas medidas, con un límite acumulado de R$ 50 millones, según TeleSíntese y otras coberturas especializadas.

Ese tope se suma al esquema sancionador ya vigente bajo la LGPD, que en 2026 mostró uno de sus casos más duros con ByteDance, controladora de TikTok. La autoridad le impuso una multa administrativa de R$ 153,7 millones por irregularidades en el tratamiento de datos personales de niños y adolescentes, considerada por distintas coberturas la mayor sanción pecuniaria de la historia de la ANPD.

¿Qué pasó en el caso TikTok?

La sanción a ByteDance derivó de un proceso administrativo sancionador abierto por la ANPD en noviembre de 2024, tras fiscalizar dos modalidades de acceso a la plataforma, el feed sin registro y el feed para usuarios registrados. El expediente identificó cinco infracciones a la LGPD, entre ellas tratamiento de datos de menores sin base legal válida y falta de comprobación de conformidad.

Data Privacy Brasil indicó que en 2024 la ANPD ordenó la suspensión del feed sem cadastro, exigió un plan de conformidad y abrió el proceso sancionador contra ByteDance. En 2026, el Consejo Director aprobó en apelación ese plan de conformidad en resolución complementaria publicada el mismo día de la sanción, mientras la cobertura independiente reportó además la eliminación de datos recogidos irregularmente.

La multa fue descripta por análisis jurídicos como una de las penalidades más severas del derecho regulatorio digital contemporáneo en Brasil y como una señal de que la autoridad viene consolidando criterios que consideran el porte económico del infractor, el volumen de titulares afectados y la vulnerabilidad de los datos al aplicar el techo del artículo 52 de la LGPD. Araujo Policastro informó que el total ascendió a R$ 153.769.671,33.

¿Qué plazos corren ahora?

La consulta pública de la ANPD fue publicada el 9 de septiembre de 2026 en el DOU, con audiencia pública virtual el 24 de septiembre y recepción de contribuciones hasta el 26 de octubre. En paralelo, la cobertura técnica sobre el caso TikTok añadió que la autoridad ordenó la eliminación de datos de adolescentes de 13 a 18 años cuya representación legal no se regularice dentro de 60 días hábiles y fijó una multa diaria de R$ 137.081 por incumplimiento.

Neoteo agregó que la sanción a ByteDance vino acompañada de un plazo de apelación de 10 días hábiles desde la notificación del 24 de agosto de 2026. Processei, por su parte, situó el caso entre las sanciones más severas aplicadas bajo la LGPD y lo vinculó con la consolidación de criterios administrativos sobre el tamaño del infractor, la cantidad de afectados y la sensibilidad de los datos.

Fuentes

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