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ANPD abre revisión de fiscalización

La ANPD abrió una consulta pública para cambiar sus reglas de fiscalización y sanción. Publicaciones especializadas recuerdan plazos vigentes

Whalemate Labs · Research asistido por IAPublicado:2 min

La ANPD abrió una consulta pública sobre nuevas reglas para fiscalizar plataformas digitales y revisar sus procedimientos de fiscalización y sanción administrativa. La discusión siguió a una audiencia pública con 43 inscriptos, entre especialistas y representantes del sector público y privado, mientras medios especializados destacaron obligaciones ya vigentes de la LGPD para comunicar y registrar incidentes de seguridad.

La ANPD abrió una consulta pública sobre nuevas reglas para fiscalizar plataformas digitales y para revisar sus procedimientos de fiscalización y sanción administrativa. La discusión llegó después de una audiencia pública en la que participaron 43 inscriptos, entre especialistas, representantes del sector público y del sector privado, según la cobertura disponible.

¿Qué está revisando la ANPD?

La ANPD está debatendo la actualización de sus reglamentos del proceso de fiscalización y del proceso administrativo sancionador. La cobertura citada por ALT Digital LATAM indica que la audiencia pública formó parte de ese proceso, y Portal do Holanda informó que la propuesta incluye cambios en los procedimientos de fiscalización y sanción administrativa.

El punto central es que la autoridad puso en consulta reglas que afectan cómo se fiscaliza y cómo se tramitan eventuales sanciones. Por ahora, el material disponible describe una etapa de debate y no una norma ya cerrada.

¿Qué obligaciones siguen vigentes para las empresas?

Las publicaciones especializadas consultadas coinciden en que ya existen deberes operativos bajo la LGPD para incidentes de seguridad. TI Inside señala que la Resolución CD/ANPD n.º 15/2024 exige comunicar a la ANPD y a los titulares, en un plazo de hasta tres días hábiles, los incidentes que puedan ocasionar riesgo o daño relevante.

Esa misma cobertura agrega que también debe registrarse el incidente, incluso cuando no sea comunicado. RNP, por su parte, relaciona esa resolución con el plazo de hasta tres días hábiles para reportar determinados incidentes de seguridad y recuerda las sanciones administrativas previstas en el artículo 52 de la LGPD.

¿Qué cambia entre la consulta y el cumplimiento actual?

La diferencia es que la consulta pública apunta a eventuales ajustes regulatorios, mientras que los plazos de comunicación y registro ya aparecen descritos como obligaciones vigentes en las publicaciones técnicas. En otras palabras, la discusión sobre nuevas reglas no desplaza los deberes que las fuentes especializadas atribuyen a la Resolución CD/ANPD n.º 15/2024.

Con ese marco, la ANPD mantiene abierto el debate sobre cómo fiscalizar plataformas digitales, al tiempo que el ecosistema de cumplimiento vuelve a poner el foco en la documentación de incidentes y en los tiempos de notificación que ya están señalados en la normativa citada.

Fuentes

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